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Desde este viernes, entró en vigor la prohibición de pesca y comercialización del surubí en toda la provincia de Santa Fe. La medida, que busca proteger esta especie durante su temporada de veda, está respaldada por la Resolución 168/05 del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático.
La veda que rige en Santa Fe para el surubí, tanto en su variedad Pinta como Atigrado, establece que durante este período queda estrictamente prohibida la pesca, el acopio, el transporte y la comercialización de esta especie en la provincia. Esta regulación afecta tanto a la pesca deportiva como a la pesca comercial y cuenta con un sistema de control de inventario para garantizar el cumplimiento.
DECLARACIÓN Y CONTROL DE STOCK
Según las normativas vigentes, los comerciantes o copiadores de surubí deben entregar, en un plazo de 48 horas desde el inicio de la veda, una declaración jurada al Ministerio de Ambiente que certifique el stock que poseen de esta especie. En Reconquista, este control se amplía con la Ordenanza 8.246/18, que establece un Régimen de Protección del Surubí, exigiendo mayor control sobre los comercios que ofrecen surubí, ya sea en su forma cruda o cocinada.
SUJETOS OBLIGADOS Y SANCIONES
Restaurantes, pubs, pescaderías y otros comercios que deseen continuar ofreciendo surubí durante la veda deben justificar el origen de su provisión a través de un formulario de control de stock que especifique la fecha de adquisición y el volumen disponible. Quienes incumplan con esta normativa podrían enfrentar multas de hasta cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, según lo establezca el Ministerio de Trabajo de la Nación.
FONDOS PARA CONTROL Y PATRULLAJE
Los ingresos provenientes de las multas serán asignados a futuras iniciativas de control en el río Paraná, ya sea a través del municipio o en colaboración con el Gobierno Provincial y ONG habilitadas. Estos fondos cubrirán gastos operativos como combustible, viáticos y otros elementos necesarios para evitar la pesca ilegal en tiempos de veda.
AUTORIDADES DE APLICACIÓN
La Dirección de Habilitaciones del Departamento Ejecutivo Municipal en cada jurisdicción será la responsable de supervisar el cumplimiento de la normativa, así como de recoger los formularios de stock y las declaraciones juradas presentadas por los comercios. Esta normativa tiene como objetivo proteger al surubí y garantizar la sostenibilidad de los recursos naturales en los ríos de la provincia.