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El Gobierno denunció esta semana al secretario General de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), Pablo Biró, por «amenazas extorsivas» a raíz de las declaraciones que el representante gremial de los pilotos de Aerolíneas Argentinas realizó en el marco de la negociación por paritarias.
«Esto se va a poner mucho peor«, fue la conjetura de Pablo Biró al hablar con los medios luego de que el Gobierno declarase los vuelos comerciales como «servicio escencial» dado que forman parte del transporte aéreo de pasajeros.
«Dichas afirmaciones generan serias preocupaciones sobre el impacto que podrían tener en la operación de Aerolíneas Argentinas y en la seguridad de los pasajeros«, establecieron desde la cartera que conduce Patricia Bullrich.
La decisión del Gobierno tuvo que ver con la estrategia de que los pilotos y el personal de rampas no puedan provocar la suspensión o cancelación de todos los vuelos de una aerolínea como resultado de un paro o medida de fuerza gremial.
A la par de esa decisión el Ministerio de Seguridad, encabezado por Patricia Bullrich, presentó una denuncia penal contra Pablo Biró por el supuesto delito de «amenazas extorsivas», que está contemplado en el artículo 149 bis del Código Penal.
El caso ya está en manos de la jueza Elizabeth Paisán, titular del Juzgado Criminal y Correccional N°12.
Desde el Ministerio sostuvieron que «las manifestaciones de Biró podrían ir más allá del ejercicio legítimo del derecho a huelga, pudiendo configurarse como amenazas extorsivas según lo estipulado en el artículo 149 bis del Código Penal» porque los vuelos comerciales son ahora un «servicio esencial».
«Es fundamental que el derecho a huelga se ejerza de manera razonable y proporcional, especialmente en el contexto de servicios esenciales como el transporte aéreo, donde cualquier interrupción abrupta podría tener consecuencias significativas para la población y la seguridad pública», se lee en el comunicado oficial de Seguridad.
Desde esa cartera también describieron como «huelga salvaje» a cualquier medida de fuerza «que afecte a servicios públicos esenciales, sin agotar vías de diálogo previas», como puede ocurrir con un paro por 24 horas.
Ese tipo de huelga, dijeron, queda por fuera del derecho contemplado en la Constitución nacional.