IMPUESTO A LAS GANANCIAS: SUBE EL MÍNIMO NO IMPONIBLE

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El Gobierno actualizó la semana pasada el índice de remuneraciones de octubre que se utiliza para ajustar en forma automática el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias y estableció, de esa manera, cuál va a ser el nivel de ingresos a partir del cual se deberá pagar el tributo a lo largo del año que viene. La actualización es anual, con lo cual los nuevos pisos empezarán a competir en breve con los aumentos de salarios e ingresos que consigan los trabajadores en los meses por venir.

Con la actualización a partir del 1 de enero de 2021 del 35,38% del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), los trabajadores en relación de dependencia solteros y sin hijos comenzarán a pagar Ganancias a partir de los $74,812 netos mientras que los casados con cónyuge y dos hijos menores deberán tributarlo si perciben más de $98.966 tras los descuentos de jubilación y obra social. En el caso de los trabajadores con dos hijos y sin cónyuge deducible, el mínimo no imponible se mueve a $ 86.941.

En 2020, el ajuste del Mínimo No Imponible (MNI) fue del 45%; se estima que cerca de dos millones de contribuyentes tributaron Ganancias en 2020 incluyendo asalariados, autónomos y jubilados.

Para el año que viene, el ajuste del 35,38% movió al mínimo no imponible para trabajadores solteros de los $55.261 mensuales en los que estaba este año al nuevo nivel de $74.810. En el caso de los casados con cónyuge y dos hijos a cargo el mínimo era $73.710 y pasa a $98.963.

Un efecto a tener en cuenta es que, como el impuesto es progresivo, aplicando tasas sucesivamente mayores a medida que el trabajador va pasando a escalas superiores de ingreso, durante el año próximo muchos trabajadores pasarán a escalas con una alícuota mayor y deberán pagar más impuesto a las Ganancias. La actualización por el RIPTE no tendrá allí efecto, porque se aplica solo una vez al año, tomando desde noviembre de un año hasta fin de octubre del siguiente.

Aplicando la variación del RIPTE a la escala aún vigente resulta que un trabajador soltero pagará un impuesto del 5% sobre la parte del ingreso neto que exceda los $ 74.810, pero el peso del tributo escalará a 9% sobre la parte que sobrepase los $ 79.530 y seguirá escalando sucesivamente, si también lo hace su ingreso, hasta llegar a una alícuota máxima de descuento del 35% si el ingreso neto supera los $ 136.528 al mes.

Por otro lado, aplicando la actualización del 35,38% del RIPTE resulta que un trabajador casado y con dos hijos pagará 5% de ganancias sobre el tramo de su ingreso neto entre $ 98.963 y $ 103.682. A partir de esta última cifra, y hasta $ 108.204, la alícuota pasará a ser del 9%, y a través de sucesivas escalas llegará a una escala máxima del 35% si el ingreso neto supera los $ 160.645.

Como se ve en el gráfico, el ingreso anual que excede el mínimo no imponible -es decir, después de aplicar todas las deducciones que aplique a cada caso, se soltero, casado, tenga hijos a cargo o no- es al que se aplica el impuesto. Para pagar sólo la alícuota del 5%, ese excedente anual por encima del mínimo no imponible no debe superar los $63.534 anuales en 2021. Entre ese ingreso imponible anual y $129.069, se paga un fijo de $3.226 equivalente al 5% de los primeros $63.534 y un 9% por cada peso por encima de ese nivel. Así, sucesivamente, es que se aplica cada escala.

Como ocurre habitualmente, antes del cierre de diciembre la AFIP publicará las tablas con las nuevas deducciones que regirán desde el 1 de enero 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, según la variación interanual del Ripte (Remuneración Imponible del Trabajador Estable, que se registró en el SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) hasta octubre último.

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