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Reforma laboral: cuáles son los principales cambios tras la media sanción en el Senado

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El Senado de la Nación Argentina aprobó el proyecto por 42 votos contra 30. La iniciativa introduce modificaciones en licencias por enfermedad, indemnizaciones, horas extras, vacaciones y funcionamiento sindical.

Con la media sanción por 42 votos contra 30 en el Senado nacional, avanza la ley de reforma laboral. Los cambios a tener en cuenta son varios.

Licencias por enfermedad

La reforma modifica el régimen vigente de la Ley de Contrato de Trabajo. El nuevo esquema reduce plazos y porcentajes de cobro para trabajadores enfermos o accidentados.

El empleado percibirá entre el 50% y el 75% de su remuneración básica, según si existió o no voluntad o conciencia del riesgo. El plazo será de tres meses sin cargas de familia y de seis meses si las tiene. Además, si la dolencia reaparece dentro de los dos años, no será considerada una nueva enfermedad.

Se exige informar de inmediato la situación y presentar certificado médico con diagnóstico, tratamiento, días de reposo y firma digital de profesional habilitado.

Cambios en indemnizaciones

El proyecto modifica la base de cálculo de la indemnización por antigüedad: solo se tomará la remuneración mensual devengada y pagada en cada mes calendario. Quedan excluidos aguinaldo, vacaciones y premios extraordinarios.

En conceptos variables, se calculará el promedio de los últimos seis meses o del último año, el que resulte más favorable al trabajador. También se habilita el pago en hasta 12 cuotas en caso de sentencia judicial contra personas físicas o PyMEs.

Se incorpora además la posibilidad de reemplazar la indemnización tradicional por un fondo de cese laboral acordado en convenio colectivo, financiado con aportes mensuales del empleador a una cuenta individual del trabajador.

Banco de horas y jornada laboral

La reforma regula el “banco de horas”, que permitirá compensar horas trabajadas por encima de la jornada legal con descansos futuros en lugar de pagarlas como extras, siempre que exista acuerdo escrito o se establezca por convenio.

Deberán respetarse los descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales. También se contemplan esquemas de jornada promedio definidos por sector.

Vacaciones más flexibles

El período para otorgar vacaciones se mantiene entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque podrá modificarse por acuerdo entre las partes.

Como novedad, podrán fraccionarse en períodos no menores a siete días corridos. El empleador deberá notificar el inicio con 30 días de anticipación y garantizar que cada trabajador pueda tomarlas al menos una vez cada tres años en temporada de verano.

Convenios y sindicatos

Se habilita el convenio colectivo por empresa y se establece que un acuerdo de ámbito mayor no podrá modificar uno de ámbito menor. Tras el vencimiento de un convenio habrá un año para renegociar sus cláusulas.

Las asambleas deberán contar con autorización previa del empleador.

En cuanto a los gremios, se mantienen los aportes obligatorios y voluntarios con un tope del 2%, mientras que las obras sociales sindicales conservarán el aporte empresarial del 6%.

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