Getting your Trinity Audio player ready...
|
Con gran satisfacción y expectativas viven los Bomberos Voluntarios de San José del Rincón y en general todas la agrupaciones de la Costa Santafesina, por la promulgación de la ley de “FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE BOMBEROS VOLUNTARIOS” , Ley N° 27.629 , que nuclea a más de 43 mil hombres y mujeres en todo el país. El Presidente Alberto Fernández pone en vigencia una legislación que incluye, entre otros aspectos, un régimen tarifario especial y amplía la cobertura ante riesgos y contingencias de los bomberos voluntarios
La Ley N° 27629 fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras del Congreso de la Nación, y otorga beneficios a las ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS, en la que se establecen exenciones al pago de los servicios públicos y el reintegro del IVA para las compras y contrataciones para el cumplimiento de su función, además de prestaciones en caso de accidentes.
Entre los beneficios que otorga la ley se destaca que las “Entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales”.
Esa tarifario especial también incluye la “Telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional”.
Se prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.
El texto establece además que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: “Venta sujeto ley 25.054”.
Asimismo la ley prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones.
Además, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados. También se contempla una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria.
LEY DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Ley 27629
Disposiciones.