¿CUÁNDO DEBEN RECATEGORIZARSE LOS MONOTRIBUTUSTAS?

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se encarga de la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos nacionales, los recursos de la seguridad social y el control de las actividades del comercio exterior, con el objetivo de administrar y regular el sistema tributario.

En ese sentido, el organismo informó, como todos los años, las fechas claves para la recategorización correspondiente de las personas inscritas en el Monotributo.

Los monotributistas se verán afectados por recientes modificaciones en su sector por la aprobación de la Ley Bases. Por un lado, se aprobaron aumentos del 300% en los topes de facturación anual, cuotas mensuales a pagar y varios otros parámetros establecidos en el régimen del Monotributo.

Además, se votó positivamente que a partir del período fiscal 2025, el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes tendrá una actualización semestral de parámetros basada en la inflación.

El período que establece la AFIP para la recategorización es desde enero hasta julio, con evaluaciones cada seis meses. De esta forma, los usuarios pueden evaluar si consideran que deben cambiar de categoría para la segunda mitad del año. Desde el 1º de julio hasta el 20 del mismo mes, se podrá iniciar el trámite correspondiente en AFIP.

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