CONDENARON A OCHO AÑOS DE PRISIÓN A UN HOMBRE QUE ABUSÓ SEXUALMENTE DE LA HIJA MENOR DE EDAD DE SU PAREJA EN UN CAMPING DE COLASTINÉ NORTE

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Se trata de Julio César Rizza, de 64 años, quien vulneró la integridad sexual de la víctima durante cinco años. La sentencia fue resuelta en el marco de un juicio oral que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. La Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas) de la Fiscalía Regional 1 representó al MPA en el debate.

Un hombre de 64 años identificado como Julio César Rizza fue condenado a ocho años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija de una mujer que era su pareja en Colastiné Norte (ciudad de Santa Fe). La víctima -quien ya es mayor de edad-, comenzó a ser vulnerada cuando transitaba la última parte de la escuela primaria.

La sentencia fue dispuesta por un tribunal integrado por los jueces Pablo Spekuljak (presidente), Gustavo Urdiales y Jorge Patrizi, en el marco de un juicio oral que finalizó hoy en los tribunales de la capital provincial.

La Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas) de la Fiscalía Regional 1 representó al MPA en el debate. En tal sentido, indicó que “los magistrados no consideraron acreditado el delito de corrupción de menores que le atribuimos a Rizza ni hicieron lugar a nuestro pedido de prisión preventiva”, y agregó que “aguardaremos los fundamentos del fallo para evaluar la posibilidad de apelar”.

CAMPING Y VIVIENDAS

El MPA sostuvo que “Rizza abusó sexualmente de la víctima durante cinco años”, y precisó que “los hechos ilícitos fueron cometidos en reiteradas oportunidades en un camping y en distintas viviendas”.

“A raíz de la relación que mantenía con la madre de la víctima, el condenado convivió con ellas y otro hijo de la mujer en la época en la que llevó a cabo su accionar delictivo”, se expuso.

La Fiscalía señaló que “dadas la diferencia de edad entre el agresor y la hija de su pareja, la corta edad de ella, las características de los abusos y que la propia víctima considera que fueron un factor determinante para su orientación sexual, lo ocurrido tuvo entidad suficiente para afectar su salud física y psicológica”.

Asimismo, el MPA hizo referencia al inicio de la investigación. “La denuncia fue radicada por la propia víctima”, se valoró. “La joven logró relatar sus padecimientos en una sesión con su psicóloga y luego pudo hablar de ello con su padre y la pareja de él, quienes le brindaron gran contención y estuvieron presentes en la audiencia de hoy”, se destacó.

DELITOS

Rizza fue condenado como autor de abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por la convivencia). Por otro lado, el hombre de 64 años fue absuelto por la autoría de promoción a la corrupción de menores agravada (por la convivencia y la edad de la víctima), que le había endilgado la Fiscalía.

Oficina de Prensa y Difusión MPA

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