RESTRICCIÓN A LA CIRCULACIÓN: PUNTO A PUNTO QUÉ DICE EL DECRETO

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Las provincias deciden si adhieren o no a la medida. Santa Fe adelantó que acatará las medidas desde lunes. 

El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, sostuvo este viernes que, «quienes deben aplicar las medidas» para mitigar la propagación del coronavirus ante el actual escenario de incremento de contagios «son las autoridades provinciales y locales», quienes -indicó- puedan «avanzar en medidas que restrinjan la circulación y las actividades nocturnas».

«Hay zonas donde están creciendo los contagios. En Mar del Plata y Pinamar, en la provincia de Santa Fe y en Córdoba. Cada provincia pueden ir adaptando sus medidas», dijo Cafiero este mediodía en conferencia de prensa en la Casa de Gobierno.

A su turno, la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, advirtió este mediodía la nocturnidad «es la situación más común» en que se producen los últimos nuevos contagios de coronavirus.

«Cuando se realiza la investigación epidemiológica de los nuevos contagios en esta situación de verano, mayor circulación, mayor cantidad de actividades autorizadas, se observa que la situación más común es la nocturnidad», señaló la funcionaria nacional.

En ese sentido, precisó que el riesgo es porque los encuentros sociales en las noches se producen en «espacios cerrados, sin utilizar tapabocas y si se aumenta el consumo de alcohol, esas medidas (de prevención) se relajan aún más».

DECRETO SOBRE INDICADORES PARA LIMITAR LA CIRCULACIÓN EN HORARIO NOCTURNO

Teniendo en cuenta:

Que la experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al COVID-19

Que esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención.

El Gobierno Nacional define, a través de este decreto, dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:

 RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra)

INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150

En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.

El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.

El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.

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