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El juez Martín Cormick ratificó la medida cautelar que exige actualizar los salarios de docentes y no docentes y recomponer las becas estudiantiles. De no acatar la orden en el plazo establecido, se aplicarán multas.
La Justicia recrudeció su postura frente al Estado Nacional y le otorgó un plazo improrrogable de cinco días para cumplir con la medida cautelar que ordena aplicar los puntos centrales de la Ley de Financiamiento Universitario. La resolución fue dictada por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal 11, Martín Cormick, quien advirtió que, en caso de persistir el incumplimiento, se aplicarán astreintes (multas económicas).
La medida llega tras un pedido de revocatoria presentado por el Gobierno. Al rechazarlo, el magistrado ratificó que la cautelar —avalada por una resolución de la Corte Suprema tras una demanda impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la UBA— se encuentra firme y sus alcances no han sido agotados.
Salarios por debajo de la inflación acumulada
En su análisis sobre el artículo 5° de la ley (referido a los haberes del personal universitario), el juez reconoció que el Estado convocó a negociaciones paritarias y emitió órdenes de pago. Sin embargo, determinó que los aumentos otorgados no reflejan las variables de ajuste estipuladas por la norma.
Para evaluar este punto, la Justicia tomó como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, el cual marcó una inflación acumulada del 312,19% entre diciembre de 2023 y junio de 2026. Según el fallo, de las respuestas presentadas por el Ejecutivo no se advierte que los incrementos salariales hayan alcanzado ese porcentaje.
El conflicto por las becas estudiantiles y la respuesta oficial
El segundo eje de la controversia gira en torno al artículo 6°, que exige la recomposición de los programas de becas (como Progresar, Manuel Belgrano y Enfermería) en sintonía con la variación del IPC.
En su defensa, el Gobierno había argumentado que la única asistencia que encuadraba en los postulados de la ley era la Beca Manuel Belgrano, descartando a las líneas Progresar y de enfermería. Para el magistrado, esta postura evidencia que el Ejecutivo solo dio tratamiento parcial a la manda judicial, por lo que el cumplimiento en este rubro continúa siendo insatisfactorio.
De esta manera, con el rechazo del recurso de apelación presentado en subsidio por el Ejecutivo, la cuenta regresiva de cinco días comenzó a correr para evitar sanciones económicas directas al Estado Nacional.







