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Una medida cautelar de la Justicia laboral frenó provisoriamente parte de la Ley de Modernización Laboral. Consideran que podría afectar derechos constitucionales de los trabajadores.
La Justicia laboral suspendió de manera provisoria más de 80 artículos de la Ley de Modernización Laboral (27.802), impulsada por el Gobierno Nacional y sancionada el pasado 27 de febrero. La decisión se tomó tras una presentación realizada por la CGT.
El planteo de la CGT
El pedido fue firmado por integrantes del triunvirato cegetista, quienes argumentaron que la normativa podría generar una “afectación de derechos constitucionales” y un “perjuicio inminente” para los trabajadores.
Argumentos de la Justicia
El Juzgado Nacional del Trabajo consideró que existen fundamentos suficientes para dictar la medida cautelar, al señalar una “verosimilitud del derecho calificada”. Esto implica que hay indicios sólidos de que la aplicación de los artículos cuestionados podría vulnerar derechos laborales ya adquiridos.
Además, el fallo reconoció la legitimidad de la CGT para realizar el planteo, al entender que están en juego derechos fundamentales como la sindicalización, la negociación colectiva y el derecho a huelga.
Una medida provisoria
La suspensión es temporal y se mantendrá hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la ley. Mientras tanto, los artículos cuestionados quedan sin efecto.
Lo que viene
El fallo remarca que la discusión de fondo requiere un análisis más profundo, por lo que la medida busca preservar la paz social hasta que se resuelva el conflicto. En ese marco, el debate sobre la reforma laboral continúa abierto.







