SANTA FE APRUEBA EL CÓDIGO MARIPOSA PARA ACOMPAÑAR A FAMILIAS EN DUELO PERINATAL

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Se creará un protocolo para ayudar a las personas gestantes ante la pérdida de un hijo antes del nacimiento, a poco de nacer o durante los tres primeros años. El Código Mariposa nace por la identificación con la figura de una mariposa de todas aquellas personas que atraviesan la pérdida de un hijo pequeño. “Decimos que, con un distintivo, cualquier personal que entre a la habitación va a saber que esa mamá está en duelo. En la rotación del personal te preguntan por el bebé y es una situación que no suma en ese momento”, dijo Belén Arce de Veliz, parte de la ONG Luz de Cielo, creada a partir de la pérdida de su hija Malena.

Entre los debates por la reforma constitucional y el Presupuesto 2025, la Legislatura de Santa Fe aprobó la creación del Código Mariposa, un protocolo de procedimientos médicos asistenciales para brindar un correcto acompañamiento a las personas gestantes y familiares que atraviesen la angustiante pérdida de un bebé antes de nacer, al nacer o durante la primera infancia.

Entre los objetivos del programa Código Mariposa está fomentar la visibilidad de duelo por estas muertes en momentos de gestación o edades tempranas. También se establecen directrices para un procedimiento estandarizados, con buenas prácticas por parte de los profesionales de la salud haciendo hincapié en el respeto y un trato humanizado.

Los médicos, enfermeros y el resto del personal de salud serán capacitados para mejorar la atención integral de personas gestantes y familias que hayan perdido un bebé perinatal, neonatal o en la primera infancia.

La ley, que recibió la última aprobación del Senado provincial, se aplicará tanto en el ámbito público como privado de la salud santafesina. “Cada efector de salud tendrá a su cargo con carácter obligatorio instrumentar las medidas y ejecutar los cambios necesarios para garantizar su cumplimiento”, señala el texto presentado por el senador Germán Giacomino (Unidos).

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  1. MARIPOSAS INVISIBLES

    Pablo Cesar Possetto – DNI 26016120 – Abogado (Mat. 5-274)

    Durante los primeros días de diciembre la Legislatura de la Provincia de Santa Fe sancionó una ley creando el Código Mariposa. Se trata de un protocolo de procedimientos médicos asistenciales para brindar un correcto acompañamiento a las mamás, y sus familiares, que atraviesen la dolorosa pérdida de un bebé antes de nacer, al nacer o durante la primera infancia.
    El programa busca fomentar la visibilidad de duelo por estas muertes en momentos de gestación, o edades tempranas, y fija directrices para un procedimiento estandarizado, señalando buenas prácticas para los profesionales de la salud haciendo hincapié en el respeto y un trato humanizado.
    La ley exige la necesidad de crear un ambiente de contención y cuidado para los afectados por las pérdidas, a través de salas especiales para su atención.
    Cada mamá abordada desde el Código Mariposa llevará un distintivo para ser reconocida a simple vista.
    Asimismo, los profesionales deberán suministrar opciones de atención terapéutica, procedimientos a emplear y documentación oficial “con el fin de posibilitar la toma de decisiones informadas acerca de las alternativas más adecuadas, asegurando la guía constante de las y los profesionales a lo largo de todo el proceso”.
    La mamá (y su pareja) accederán a los beneficios de esta ley pudiendo solicitar las licencias, tener contacto con el cuerpo sin vida, y elegir estar acompañados o no.
    Esta ley, que significa un avance importantísimo para las familias que viven estos dolorosos procesos, lamentablemente no incluye a “todas las mariposas”. Algunas de ellas vuelven a ser invisibilizadas de manera injusta impidiéndoles el acceso a estos beneficios.
    De hecho, en base al texto de la ley, cuando los fallecimientos ocurran antes de las 22 semanas de gestación, sin argumento alguno, de manera arbitraria, las mamás y las familias del no nacido que dejó de existir, no podrán acceder a los beneficios que la misma establece. Así, se replica el fenómeno generado por la legislación nacional que impide a estas denominadas mariposas recibir las prestaciones que las obras sociales, las empresas de medicina prepaga, y otras instituciones deben brindar en estos casos, solo en base a la edad gestacional de los niños que dejan de existir generando un proceso de discriminación injusta.
    Entonces, estas mujeres (y su familia), que viven un proceso doloroso y difícil, al igual que el resto, por una distinción totalmente arbitraria (la edad gestacional del niño fallecido), no cuentan, al igual que el resto, con la posibilidad de acceder a los elementos que les permitan atravesar y aceptar la pérdida en un ambiente de contención, cuidados y acompañados por profesionales especialistas en el tema.
    Además, tampoco se les facilita información sobre las opciones terapéuticas, gestiones y consultas a realizar, y la documentación a cumplir, para que puedan decidir las alternativas más adecuadas, ni se les asegura el acompañamiento de los profesionales durante todo el proceso.
    Por ello, llamamos a los legisladores santafesinos, del mismo modo que oportunamente lo hicimos con los legisladores nacionales, a subsanar cuanto antes, a través de una reforma legislativa, este grave defecto, modificando la norma para evitar que se efectivicen discriminaciones injustas. De ese modo no solo se evitarán arbitrariedades, sino que además se prevendrán futuros reclamos judiciales, de las mujeres y los familiares afectados, en base a las normas reconocidas constitucionalmente, reclamando el acceso a las prestaciones y beneficios que las leyes establecen postulando, la inconstitucionalidad del artículo que los excluye de los beneficios.

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