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El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, adelantó que en unas semanas “habrá novedades muy significativas” sobre la realización de los trámites para la renovación de la licencia de conducir.
En una entrevista con Radio Mitre, el ministro destacó que se realizará “una reforma muy integral” del Código de Tránsito. Y adelantó: “Por ejemplo, la renovación de la licencia de conducir no va a requerir ir presencialmente, como pasa en Estados Unidos”.
“Uno tiene que chequear que psicofísicamente está bien, que los ojos estén bien y que escuches bien. Vamos a permitir que la gente envíe ese certificado y no tenga que hacer ese trámite presencialmente”, informó.
Si bien se trata de un trámite que depende de los gobiernos de cada provincia, el ministro anticipó que en la nueva ley buscarán cambiar el sistema para que sea más ágil y evitar que la renovación de la licencia de conducir se transforme “en un mecanismo de recaudación” para los municipios.
También precisó que la nueva implementación cambiará para las personas con 65 años de edad o más. “Desde esa edad, las personas están obligadas a realizar el trámite de manera presencial. Tiene que ser más frecuente por una cuestión de edad y por seguridad”, explicó el ministro nacional.
Como sucede actualmente, el conductor que tramite el registro por primera vez deberá presentarse en las sedes dispuestas por cada localidad para cumplir con los trámites y pruebas de rigor. A partir de ese momento, ya no será necesario que regrese a una oficina pública para realizar el trámite de renovación. “La idea es que cada persona renueve su licencia cada cinco años presentando una declaración jurada psicofísica digital, sin la necesidad de realizar el trámite presencial que se exige actualmente”, explicaron.
Cómo se realiza actualmente el trámite de la licencia de conducir
Actualmente, el trámite para obtener por primera vez la licencia de conducir varía ligeramente según la jurisdicción, pero sigue una estructura básica que incluye requisitos previos y la evaluación de aptitudes. En primer lugar, los solicitantes deben presentar su DNI, demostrar residencia en la jurisdicción donde realizarán el trámite y completar el curso de educación vial, que puede hacerse de manera presencial o virtual, dependiendo de la provincia. Además, es necesario abonar las tasas correspondientes y contar con el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT), que acredita que el conductor no posee infracciones graves a nivel nacional.
Una vez reunida la documentación, los solicitantes deben someterse a una serie de evaluaciones presenciales para asegurar que están en condiciones de conducir. Estas pruebas incluyen un examen médico que evalúa la visión, audición, coordinación y estado general de salud. Además, se realiza un examen teórico que cubre aspectos fundamentales de las normas de tránsito, señalización, y seguridad vial. Para la preparación de esta instancia, los aspirantes suelen acceder a materiales de estudio proporcionados por las autoridades locales. También es común que, en muchas jurisdicciones, el examen teórico se realice de forma digital.
Superada la etapa teórica, los aspirantes deben aprobar una prueba práctica de manejo. Esta evaluación se realiza en un circuito establecido por cada municipio y tiene como objetivo medir las habilidades del conductor en situaciones controladas, como estacionar, respetar señales de tránsito, y maniobrar con seguridad. En algunas provincias, este circuito es más exigente y puede incluir situaciones de tráfico simuladas. Es importante destacar que, en caso de no aprobar alguna de las instancias, el solicitante puede reprogramar el examen tras un período determinado.
Finalmente, si se aprueban todas las evaluaciones, el solicitante obtiene el registro de conducir, el cual tiene una validez que varía entre dos y cinco años, dependiendo de la categoría y de la edad del conductor.
Las renovaciones del registro requieren menos pasos que el trámite original, pero igualmente implican la presentación del examen médico y, en algunos casos, una nueva prueba teórica. Las autoridades recomiendan iniciar el proceso de renovación con antelación para evitar la caducidad del registro y posibles sanciones.
Antecedente
A mediados de julio, la diputada por el PRO, Patricia Vásquez presentó un proyecto ley para modificar la gestión del registro. En sintonía con lo presentado por Sturzenegger, la parlamentaria había adelantado en la red social Tik Tok: “Las licencias no van a vencer más. El cambio es más libertad con más responsabilidad. Cada cinco años habrá que presentar un certificado médico y una declaración jurada, gratuitamente. No tenés que pagar más renovaciones de licencias”.
El texto de la norma también establece que las licencias de conducir no profesionales se otorgarán sin fecha de vencimiento, pero con la obligatoriedad de presentar, vía plataforma electrónica, una declaración jurada, un apto físico y un certificado médico cada cinco años. En cambio, a partir de los 75 años el proceso deberá realizarse una vez al año.
El proyecto de ley de la diputada Vásquez, resalta como uno de los principales argumentos, el de la simplicidad de hacerse en forma digital y el del costo cero para los ciudadanos. “La idea es siempre la misma. Menos burocracia recaudatoria, más simplicidad de trámites, y sistema acorde al siglo XXI con digitalización absoluta. Por eso es que no tendría costo”, explicó Vásquez.
Un mes después, un grupo de expertos en seguridad vial redactó un informe basado en la iniciativa de la diputada, donde se enumeran varios aspectos a modificar para la obtención de la licencia habilitante; y con el objetivo de que sea un proceso más simple y seguro y que contribuya a la reducción de los siniestros viales. El documento fue elevado al Congreso de la Nación, en específico a las oficinas de la diputada Vásquez; de la presidente de la Cámara de Senadores, Victoria Villarruel; y el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem. Además del propio ministro Sturzenegger.
La propuesta cuenta con un total de 16 puntos, entre los que se destacan que el otorgamiento de la licencia de conducir debe continuar en facultades exclusivas del Estado; no confundir el período de vigencia con irrevocabilidad o derecho adquirido vitalicio; el perfil laboral del personal encargado de la recepción de los exámenes teóricos y prácticos; la repetición de todos los exámenes de primera licencia, en caso de suspensión o cancelación; la revalidación de los conocimientos teóricos del conductor, si este genera reiteradas infracciones o participaciones excesivas en siniestros viales; y el potenciar l base de datos vinculados a los antecedentes de tránsito, entre otros puntos.
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