AMSAFE RECLAMÓ UN AJUSTE SALARIAL DEL 84%: “MÁS QUE UNA SOLICITUD ES EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA PARITARIA»

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En la mañana de este lunes, el Instituto Provincial de Estadística y Censos de la Provincia de Santa Fe (IPEC) presentó los datos de inflación correspondientes al mes de diciembre. Según lo informado por la entidad, el índice de Precios al Consumidor alcanzó el 27,9% en diciembre, y la inflación anual llegó al 215,4%, marcando un nuevo récord desde la década del ’90.

Frente a esta situación, Rodrigo Alonso, secretario general de AMSAFE, lideró una rueda de prensa abordando la política salarial del año 2024.

Más que una solicitud es exigir el cumplimiento de la paritaria. Una paritaria que se ha firmado en agosto de 2023 y que establecía dos clausulas de actualización, una en el mes de octubre y otra en diciembre“, expresó Alonso.

Se conoció la inflación acumulada del año 2023, que es el 215%“, agregó el delegado, “el aumento salarial que hemos obtenido es del 131%, por lo tanto, hay 84% de diferencia“.

Lo que estamos exigiendo es el estricto cumplimiento de la paritaria“, advirtió Alonso. “Además, hubo un acta y una reunión paritaria, una asamblea donde se aprobó y que se ha homologado a través de un decreto 1836, firmado el 31 de agosto, donde en el artículo 17 deja establecido claramente que este mecanismo es de actualización automática“.

En ese contexto, enfatizó la importancia de conocer la tasa de inflación, ya que este dato será fundamental para llevar a cabo las negociaciones paritarias del año 2024.

Como en cualquier paritaria salarial que uno discute, lo tiene que hacer con un salario de referencia. Por ejemplo, el salario de referencia para la paritaria 2023 fue el de febrero. Nosotros entendemos que, con la conformación de este salario, que implica este aumento y el pago proporcional del aguinaldo, empezamos a discutir la política salarial 2024“.

En ese mismo sentido, señaló que “la política salarial 2024 tiene que tener por lo menos dos parámetros, uno tiene que ser un porcentaje de aumento, y el otro tiene que ser una clausula de actualización que, a nuestro entender, tiene que ser una cláusula permanente“.

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